Saludo


Te doy la bienvenida a este espacio. Soy Ángel Riego González, vivo en Candás, y desde 1999, Alcalde por el PSOE en el concejo de Carreño (Asturias).
Pretendo con este blog seguir contándote, con total claridad y transparencia, nuestra gestión en estos doce años. También quiero explicarte personalmente nuestra propuesta política (2011 - 2015) con el convencimiento de que contiene las respuestas que necesita en estos momentos Carreño, y con la convicción de que se corresponde con los intereses de la mayoría de los vecinos y las vecinas.

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viernes, 21 de febrero de 2014

NINGUNA DE LAS SENTENCIAS QUE CONOCEMOS HASTA EL MOMENTO PARALIZA EL PGO

ALBO:  Se confirma el acierto del gobierno de Carreño a la hora de calificar las propiedades de la empresa en Candás.

ARCELOR: Vemos esta sentencia como un freno a la intención del gobierno local de diferenciar las áreas industriales de las residenciales y en este caso concreto, por lo tanto salen perjudicados los intereses de la ciudadanía de la zona.

Ninguna de estas dos sentencias paraliza el plan. No perjudican a los intereses del Ayuntamiento. 

La sentencia relativa al tema de los Hijos de Carlos Albo es claramente favorable al Ayuntamiento. Se desestiman las alegaciones de la familia Albo, y se da la razón al Ayuntamiento, por lo que se mantiene la protección que fija el PGO para el Teatro Santarúa, casa de los Albo y oficinas, así como para el entorno del río Rita y sus futuros aprovechamientos. La valoración del gobierno local es muy positiva ya que se mantiene el grado de protección deseado.

La sentencia relativa a ACELOR estima parcialmente las peticiones de la empresa.  No nos perjudica como administración pero es contraria a una propuesta del equipo de gobierno con la que pretendíamos ordenar una zona industrial con el fin de diferenciar las áreas industriales de las residenciales y mejorar por tanto la calidad ambiental de la zona . Se trata de terrenos ubicados en la periferia de las instalaciones de ArcelorMittal, tanto al norte de la acería, en el entorno del polígono de Tabaza I, como al sur entre la acería y las carreteras AS-19 y AS-110, en el entorno de la rotonda de Tabaza. Pretendíamos crear una barrera ambiental que separase la industria del resto del suelo y que unas viviendas que están ahora mismo en un entorno (que entendemos desfavorable por su proximidad a ese uso industrial) fueran expropiadas por ACELOR. La sentencia dejaría sin efecto esa planificación ya que el suelo que formaba parte del ámbito de actividad de la factoría no se puede tocar. Nosotros pretendíamos desconsolidarlo, como te expliqué, para reordenarlo.

La sentencia también les da la razón en lo relativo a un vial que el PGO recogía como vial privado de uso público. Se recogía así en el documento de aprobación inicial y sin embargo ACELOR no manifestó su disconformidad en periodo de alegaciones en el marco del proceso de información pública y lo recurrió en este proceso judicial. Como no fue objeto de alegación en su día, el Ayuntamiento no lo corrigió, pero ya entendíamos cuando la empresa nos lo planteó que era razonable mantener el uso de ese camino como privado.

En lo relativo a los suelos urbanizables la Sentencia es favorable al Ayuntamiento. 

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